Acuicultura
La información que devuelve el servicio ha sido elaborada por la Dirección General de Pesca del Gobierno de Canarias. Esta zonificación fue aprobada con la publicación en el BOC del Decreto 102/2018, de 9 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Regional de Ordenación de Acuicultura de Canarias (PROAC). En ella se puede ver como el dominio público marítimo terrestre se ha zonificado según la aptitud para el desarrollo de la actividad acuícola siguiendo una serie de criterios. Las zonas de interés (ZI), son aquéllas que presentan una mayor aptitud, las zonas aptas (ZA) presentan una menor aptitud y las zonas prohibidas (ZP) son aquéllas que carecen de aptitud para el desarrollo de la acuicultura.
Asimismo, se ha actualizado la información de los establecimientos acuícolas vigentes en Canarias. Los establecimientos acuícolas son instalaciones en las que de manera regular se crían o cultivan organismos acuáticos por encima de la capacidad del medio. Incluye, entre otros, concesiones acuícolas de peces marinos en dominio público marítimo terrestre o autorizaciones de cultivo de algas en tierra. De cada establecimiento se da información de interés como su denominación, especies cultivadas, toneladas anuales autorizadas, tipo de instalaciones, etc.. Los establecimientos se representan en función de si están activos o no, es decir, si están produciendo o han producido alguna especie en ese año o, si por el contrario, no lo han hecho.
En ambas capas de información existe la opción de poder acceder a toda la información documental del PROAC a través de un link que redirige a la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.